15.10.2010 12:12
El funcionamiento de la Asamblea
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El FC Barcelona vivirá este sábado una nueva Asamblea General, que es el órgano supremo de gobierno del Club. Los acuerdos que se aprueben serán vinculantes para todos los socios y para la Junta Directiva.
A pocas horas para el inicio de esta Asamblea Ordinaria, y en base al artículo 27 de los Estatutos
del Club, que es el que regula su celebración, ésta es una buena guía para los socios y aficionados
que quieran conocer todos los detalles.
Presidencia y Secretaría
La Asamblea estará presidida por una Mesa integrada sólo por los veinte miembros de
la actual Junta Directiva y actuará como secretario Toni Freixa, actual secretario y portavoz de la
Junta.
Constitución e inicio
La Asamblea quedará válidamente constituida, en primera convocatoria,
si asisten la mitad de los 4.330 compromisarios convocados. Si no es así, en segunda convocatoria,
la Asamblea quedará constituida sea cual sea el número de compromisarios asistentes. Este año la
primera convocatoria es a las 9:30 h, y la segunda, a las 10 h.
Dirección y desarrollo
Según los Estatutos, la dirección de la Asamblea corresponde al
presidente, Sandro Rosell, que es asistido por el secretario, Toni Freixa. Rosell puede delegar en
todo momento estas funciones en cualquier componente de la Mesa.
Los ocho puntos del orden del día se tratarán separadamente pero la Mesa siempre puede
cambiar el orden previsto:
1 .- Informe del presidente.
2 .- Conclusiones derivadas del Informe de la Auditoría Preventiva.
3 .- Liquidación del ejercicio económico 2009/10 y, en su caso, acción de responsabilidad.
4 .- Presupuesto del ejercicio económico 2010/11.
5 .- Propuestas de socios de acuerdo con lo establecido en el artículo 19.12 de los
Estatutos.
6 .- Ratificación de nombramientos de miembros de la Junta Directiva y de la Comisión
Económica.
7 .- Informe del Síndico de los Socios y Socias.
8 .- Ruegos y preguntas.
La presidencia es quien dirige los debates, concede y retira las palabras, y dispone todos
los elementos necesarios para el buen orden de la reunión. Es la Mesa la que puede acordar el
número máximo de intervenciones y su duración.
Acuerdos y votaciones
Los acuerdos de las asambleas generales se toman por mayoría simple de
los asistentes, salvo tres excepciones: la modificación de los Estatutos, las materias que exijan
mayorías cualificadas, según los artículos 53, 62, 73, 74 y 75, o cualquier otra materia que, según
los Estatutos o las normas vigentes en cada momento, exija una mayoría cualificada.
En cuanto a la votación, sea cual sea la forma que se utilice, siempre tiene tres
alternativas: a favor, en contra y abstención.
Acta de la Asamblea
El secretario es quien debe levantar acta sucinta de la Asamblea, que deberá ser
aprobada por tres socios o socias compromisarios elegidos por la Asamblea misma entre los
presentes, y con el visto bueno del presidente.